Preguntas
Frecuentes

En esta sección encontrarás respuestas a las consultas más habituales relacionadas con nuestros servicios, procedimientos y condiciones. Nuestro objetivo es ofrecerte la información necesaria de manera clara y accesible. Si tu duda no se encuentra reflejada aquí, te invitamos a contactarnos directamente para poder asistirte de forma personalizada.

¿Qué es una vivienda protegida de promoción privada?

Es una vivienda con precio limitado y condiciones reguladas por el Gobierno de Canarias. Aunque está promovida por entidades privadas, debe cumplir ciertos requisitos de calidad, superficie, uso y destino. Para que una vivienda sea considerada “protegida”, debe estar calificada oficialmente por el Instituto Canario de la Vivienda.

¿Qué significa que sea en régimen de cooperativa?

Significa que las personas que desean acceder a una de estas viviendas se agrupan para formar una cooperativa. Esta fórmula permite reducir costes, participar en las decisiones del proyecto y acceder a ayudas públicas, entre otras ventajas.

¿Quién puede acceder a una vivienda protegida?

Cualquier persona que:

  • No sea propietaria de otra vivienda.

  • Esté inscrita en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.

  • Cuente con unos ingresos familiares que no superen 5 veces el IPREM (ver siguiente pregunta).

¿Qué es el IPREM?

El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es una referencia oficial que se utiliza para calcular el acceso a ayudas públicas. Se actualiza cada año. Por ejemplo, en 2024 el IPREM anual es de 8.400 € (en 12 pagas). Por tanto, el límite de ingresos para acceder a la vivienda protegida sería de 42.000 € anuales por unidad familiar.

¿Qué ventajas tiene comprar a través de una cooperativa?
  • Precio más asequible.

  • Participación en el diseño y decisiones.

  • Acceso a financiación en condiciones preferentes.

  • Transparencia en la gestión.

  • Posibilidad de ayudas y subvenciones.

  • Mayor seguridad jurídica.

¿Puedo vender o alquilar la vivienda?

Sí, pero con condiciones. Durante los primeros 10 años desde la calificación definitiva, no se pueden vender viviendas individuales, salvo casos excepcionales. Luego, sí se permite la venta o alquiler, siempre respetando los precios máximos fijados para este tipo de vivienda.

¿Qué duración tiene la protección?

La vivienda mantiene su calificación como protegida durante 30 años. Durante este tiempo, debe usarse como residencia habitual y cumplir con las condiciones legales del régimen de protección.

¿Qué tipo de suelo se necesita para construir estas viviendas?

Debe ser suelo urbano con uso residencial. En algunos casos se permite convertir suelo terciario (comercial u oficinas) en residencial, si se destina al menos un 40 % a viviendas protegidas.

¿Dónde me puedo informar o apuntar?

Lo ideal es comenzar por inscribirse en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida del Gobierno de Canarias. También puedes contactar con la cooperativa promotora para resolver dudas y recibir acompañamiento durante todo el proceso.

 

Cualquier duda o comentario será tratado por nuestro equipo de asesores.